A. Visados
por Pérdida o Robo de la Tarjeta de Residencia. EXT
Este visado se solicita cuando:
Un residente legal en España, que se encuentre TEMPORALMENTE en Ecuador
sufra pérdida, robo, etc., de su documentación de residencia, lo que le impida
volver a España.
AVISO IMPORTANTE
· Si la entrada en Ecuador se realizó hace más de un
año debe solicitar Visado RLD de Recuperación de Residencia.
· La expedición de este visado exige una consulta
a las autoridades centrales españolas, por lo que el período de espera puede
demorarse varias semanas.
1.- REQUISITOS.
(Originales y copias simples)
1. Recibo de la tasa abonada y justificante de asignación de cita.
2. Formulario de solicitud de visado debidamente cumplimentado y
firmado (original y copia), se entrega gratuitamente en el Consulado o puede
también descargarse de esta página Web.
3. Fotografía actualizada tipo pasaporte con fondo blanco, que deberá
ir pegada en el formulario de solicitud. No se aceptarán fotografías realizadas
con sombrero, pañuelo, gorro o gafas, ni de otro tamaño o color.
4. Pasaporte con vigencia mínima de 4 meses.
5. Acreditación documental de que el interesado es residente legal en
España (copia de la tarjeta de residencia, copia de la autorización de retorno,
etc.).
6. Certificado de movimientos migratorios, emitidos en Guayaquil por la
Jefatura Provincial de Migración y apostillados por el Ministerio de Relaciones
Exteriores del Ecuador, este certificado debe ser expedido en la semana
anterior a la presentación de la solicitud de visado.
7. En caso de robo o pérdida, original de la denuncia presentada,
apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador.
8. Certificado de antecedentes penales del solicitante, expedido por
las autoridades del país de origen o del país o países en que haya residido
durante los últimos 5 años y en el que no deben constar condenas por delitos
existentes en el ordenamiento español. Documento legalizado y apostillado por
el Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador, este requisito sólo para
mayores de edad (original y copia simple).
9. Si la solicitud se realiza mediante representante, poder notarial
original realizado ante Notario Público español, como máximo un año antes de la
solicitud, original y copia simple, realizada por quienes ejerzan la patria
potestad o tutela del solicitante. El representante deberá aportar asimismo
original y copia de su cédula de identidad.
2.-TRAMITACIÓN
El solicitante deberá acudir a una oficina del Banco de Guayaquil y
solicitar una cita para un visado de
estudio, pérdida o caducidad de documentación (código 102-008). El Banco le dará un
justificante con el día y hora de la cita. Si la fecha asignada no le conviene,
el solicitante podrá en ese mismo momento elegir una fecha posterior.
Posteriormente, 48 horas antes de la cita, el solicitante deberá dirigirse nuevamente al Banco para cancelar
la tasa del visado. El Banco le dará otro justificante, comprobante del pago.
El solicitante deberá presentarse en el Consulado en el día y hora de
la cita con los dos justificantes: el de la cita y el del pago de la tasa.
Atención: Las gestiones en el Banco de Guayaquil pueden ser realizadas
por persona distinta del solicitante, pero el propio solicitante deberá
presentarse personalmente a su cita en el Consulado.
El plazo máximo para solicitar este tipo de visado es de 6 meses luego
de haber abandonado territorio nacional del Reino de España.
En el momento de la recepción de la documentación, este Consulado
General podrá requerir al solicitante para que comparezca posteriormente. En
ese momento, y a partir de un examen más detallado de la documentación, se
podrá solicitar una entrevista personal o documentación adicional.
Las falsificaciones de documentos y suplantaciones de identidad se
denunciarán inmediatamente ante las policías española y ecuatoriana, y se
tomarán las medidas pertinentes para juzgar y, en su caso, castigar estas
conductas.
El solicitante ha de aportar original y copia simple de toda la
documentación. Solo la documentación original, una vez cotejada, se devuelve al
solicitante, no así, las copias, que se adjuntan al expediente.
CONCESIÓN DE LA NUEVA TARJETA DE RESIDENCIA EN ESPAÑA
Según la práctica administrativa española al respecto, los solicitantes
de visado tipo EXT (pérdida, robo, extravío o caducidad) dispondrán de un plazo
de 22 días para personarse ante la Comisaría de Policía correspondiente a su
lugar de residencia en España tras la concesión del oportuno visado. Es por
ello, que se recomienda que una vez concedido el visado, el solicitante salga
del Ecuador en un plazo de 15 días y acuda en los 7 días siguientes a la
Comisaría de Policía de referencia.
B. Visado para Recuperación de Residencia de Larga Duración. RLD
Este visado se solicita cuando:
El ciudadano
extranjero haya permanecido de forma continuada fuera de la Unión Europea por
un plazo superior de 12 meses.
En aquellos casos en el que el ciudadano
extranjero se haya acogido al retorno voluntario y haya finalizado su
compromiso de no retorno a España.
AVISO IMPORTANTE
NO debe solicitar ni pagar cita para este trámite.
Debe realizar un deposito en el Banco Guayaquil Cta. Cte. #626687-8 a nombre del Consulado General de España en Guayaquil el valor de $26.33
1.- REQUISITOS
1. Formulario EX11 Solicitud de
Residencia de Larga Duración.
(Rellenado con los datos de residencia
en España).
2. Formulario Tasa 790 código 052.
(Rellenado con los datos de residencia
en Ecuador).
3. Copia
color completa del PASPORTE actual con vigencia mínima de 6 meses
4. Copia
color completa del PASAPORTE ANTERIOR con sellos de entradas y salidas.
5. Copia color cédula ecuatoriana
(cara y dorso).
6. Copia color de la Tarjeta de
Residencia española.
Si no dispone de la tarjeta
original, denuncia apostillada de la pérdida o robo.
7. Si se acogió al Retorno
Voluntario, acreditación documental de que depositó su Tarjeta de residencia en
España en el Consulado General de España en Quito. Partida de nacimiento,
apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
8. RÉCORD POLICIAL vigente, actualizado
y apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Los menores de edad están exentos de este
requisito.
9. CERTIFICADO
MEDICO, certificado por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador, QUE ACREDITE QUE NO PADECE NINGUNA DE LAS
ENFERMEDADES SUSCEPTIBLES PREVISTAS EN EL REGLAMENTO SANITARIO INTERNACIONAL,
apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
10. Certificado
de MOVIMIENTOS MIGRATORIOS del solicitante emitido en Guayaquil por la Jefatura
Provincial de Migración, apostillado por el Ministerio de Relaciones
Exteriores.
2.-TRAMITACIÓN Y SOLICITUD.
Posteriormente el Consulado en caso de resolución positiva le citara por correo electronico para presentarse en el Consulado con su pasaporte.