Permiso para el traslado de armas de caza a España
Los españoles o extranjeros que vayan a viajar a España con el propósito de participar en actividades cinegéticas deben solicitar el permiso oportuno para trasladar sus armas de fuego y comunicar dicha circunstancia a su llegada a España, mostrando el documento expedido por este Consulado General.
El permiso debe ser tramitado al menos un mes antes de la fecha de partida y deben aportarse los siguientes documentos:
Pasaporte original o una fotocopia notariada y apostillada.
Ciudadanos que no sean estadounidenses deberán presentar la tarjeta de Residencia (antigua Green Card), o el visado original, o fotocopia notariada y apostillada del documento.
Licencia de caza original (vigente durante toda su estancia en España) o fotocopia notariada y apostillada.
Solicitud de autorización especial para el uso de armas de caza en España.
Carta de invitación de la institución o club donde va a cazar.
Un sobre franqueado, con la dirección del remitente, que servirá para efectuar la devolución de sus documentos.