Se necesita una cita por cada pasaporte a tramitar, siempre a nombre de la persona que vaya a solicitar el pasaporte (nombre y dos apellidos) aunque sean menores de edad. La reserva de una cita en este Consulado siempre es gratuita.
No se contestará ninguna consulta sobre información
ya contenida en esta página de Internet
Proceso de expedición
Las solicitudes de pasaportes cursadas en el extranjero son gestionadas por los Consulados de España, quienes procesan toda la información y envían la solicitud electrónica a España, dónde, físicamente, se expide el pasaporte. Una vez expedido, se envía al Consulado correspondiente por Valija Diplomática, cada quince días, en el caso de este Consulado General. Al recibir el pasaporte, el Consulado, se pondrá en contacto con el solicitante para su entrega o se le envía por correo, si aquel dejó un sobre prepagado Express-Mail, el cual puede comprar en cualquier oficina de correos de Estados Unidos.
El plazo habitual para recibir el pasaporte solicitado son 3 ó 4 semanas.
Requisitos para solicitarlo
Es imprescindible estar previamente inscrito en el Registro de Matrícula de este Consulado General de España en Chicago. Si no está inscrito, haga clic en este enlace para obtener instrucciones de cómo hacer la solicitud.
En caso de que sí esté inscrito, pero se hayan producido cambios en sus datos personales (dirección, teléfono, o correo electrónico), o de algún otro miembro de su familia, con nacionalidad española, rellene, firme y presente el siguiente formulario.
Validez del pasaporte
- Para menores de 5 años, la validez se limitará a 2 años.
- Para mayores de 5 años y menores de 30 años, la validez es de 5 años.
- Para mayores de 30, la validez es de 10 años.
- En caso de robo o pérdida la validez se limitará a la fecha de vigencia que tuviera el extraviado.
Dónde solicitarlo
Los pasaportes incorporan la captura de las huellas dactilares de los dedos índices de ambas manos. Por esta razón, es IMPRESCINDIBLE la presencia física de todos los solicitantes en este Consulado, incluidos menores de edad, no siendo posible su tramitación a través de la
red de Consulados y Viceconsulados Honorarios.
Documentos a presentar
- Solicitud de pasaporte, formulario debidamente cumplimentado y firmado. Haga clic aquí.
- Dos (2) fotografías en color, tamaño pasaporte estadounidense, con fondo blanco, tomadas de frente, y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que impida la identificación de la persona.
- Pasaporte anterior, en caso de renovación
- Original y fotocopia de: Pasaporte estadounidense, Green card, visado, certificado de naturalización estadounidense y documentos que prueben su estatus migratorio en los EE.UU.
Quienes hayan conservado, recuperado u optado a la nacionalidad española, deberán presentar siempre, el certificado literal de nacimiento español donde conste dicha anotación. - Si usted ha adquirido la nacionalidad estadounidense hace menos de 3 años deberá firmar un acta de Conservación en este Consulado antes de poder renovar su pasaporte.
- Si adquirió la nacionalidad estadounidense hace más de 3 años debe firmar un acta de Recuperación en este Consulado. El pasaporte no se podrá expedir hasta que dicha anotación quede inscrita en el Registro Civil del lugar de su nacimiento.
- Los nacidos fuera de España que hayan cumplido los 18 años, de padres nacidos también fuera de España, perderán la nacionalidad española si no firman un acta de Conservación antes de cumplir los 21 años. (Art. 24.3 del Código Civil)
- Aquellas personas que hayan nacido fuera del territorio español deberán presentar siempre el EL CERTIFICADO LITERAL DE NACIMIENTO ESPAÑOL reciente con una antigüedad máxima de 1 año.
- Abono de la tasa correspondiente: haga clic aquí. El pago se realizará preferiblemente mediante "money order" a nombre de “Consulate General of Spain” o cheque certificado. En caso de pago en efectivo sólo se admitirá el importe exacto. No se aceptan tarjetas de crédito. Los miembros de familia numerosa estarán exentos del pago de la tasa siempre que demuestren tal condición exhibiendo el título oficial expedido por la Comunidad Autónoma de Residencia, o bien, de forma excepcional y en el caso de que residan en la demarcación consular mediante la presentación del libro de familia. (Art. 74 de la ley 48/2015 y la Ley 40/2003)
- Entrega de su pasaporte: Puede recoger su nuevo pasaporte personalmente en el Consulado o bien entregarnos un sobre prepagado "Express-Mail" del servicio de correos de los Estados Unidos con su dirección escrita en el mismo.
Cita para menores de edad residentes en esta demarcación
“La obtención del pasaporte por aquellos ciudadanos sujetos a patria potestad o a tutela estará condicionada al consentimiento expreso, de la persona u órgano que tenga asignado su ejercicio o, en defecto de esta, del órgano judicial competente” (R.D. 896/2003 de 11 de Julio. Art 2.2).
Por favor lea atentamente la siguiente información:
Deberán acompañar al menor los 2 progenitores para la firma en este Consulado, del formulario de autorización. Haga clic aquí.
> Imposibilidad de personarse los dos progenitores junto al menor:
1. Si acompaña al menor solo uno de los progenitores, el matrimonio existe y siguen casados:
Deberán aportar autorización,
haga clic aquí, firmada ante notario público estadounidense, junto con una fotocopia del pasaporte del progenitor ausente. Dicho documento debe autorizar al progenitor que acompaña al menor a solicitar la expedición del pasaporte de éste. Ambos documentos, autorización y fotocopia del pasaporte, deben estar fechados y firmados por notario público y apostillados (Apostilla de la Haya).
Esta autorización podría otorgarse ante el
Cónsul Honorario que le corresponda según su domicilio, utilizando el siguiente formulario:
Haga clic aquí.
2. Progenitores separados o divorciados:
a) Custodia compartida:
Deberán aportar autorización,
haga clic aquí, firmada ante notario público y fotocopia del pasaporte del progenitor ausente, autorizando al progenitor que acompaña al menor, la expedición del pasaporte. Ambos documentos, autorización y fotocopia del pasaporte, deben estar fechados y firmados por notario público y apostillados (Apostilla de la Haya).
Esta autorización podría otorgarse ante el
Cónsul Honorario que le corresponda según su domicilio, utilizando el siguiente formulario:
Haga clic aquí.
b) Custodia No compartida:
El solicitante deberá presentar el documento judicial original y apostillado, en caso de tratarse de un documento extranjero, en el que el juez le otorga la patria potestad en exclusiva al progenitor que acompaña al menor al Consulado.
EN TODOS LOS CASOS DESCRITOS
Es imprescindible presentar la siguiente documentación: El certificado literal de nacimiento español del menor si se solicita el primer pasaporte español del menor, y el pasaporte anterior, si se trata de una renovación.
Pérdida, robo, o deterioro del pasaporte español
1. Para residentes en España, turistas en EE.UU:
Si se encuentra como turista en esta
demarcación consular ha sido víctima de robo, ha extraviado su pasaporte, o se ha producido un deterioro importante del mismo, este Consulado podrá expedirle un salvoconducto (gratuito) para regresar a España.
Requisitos:
- Denuncia de la policía tanto si es robo como pérdida.
- Dos (2) fotografías en color, tamaño pasaporte estadounidense, con fondo blanco, tomadas de frente, y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que impida la identificación de la persona
- Documentación que acredite su identidad
- Copia de billete de avión o billete electrónico
- Inscripción como No-Residente. (Se realizará el mismo día en el Consulado)
Si el interesado es menor de edad y viaja sin los padres, por favor envíe un correo electrónico a: cog.chicago.nac@maec.es
2. Para Residentes:
Si como residente, inscrito en nuestra demarcación consular, ha sido victima de robo, ha extraviado su pasaporte, o se ha producido un deterioro importante del mismo, podrá obtener otro nuevo documento. Para ello deberá cumplir los requisitos y presentar la documentación indicada en los apartados anteriores. Asimismo, en caso de pérdida o sustracción será necesario que acompañe la denuncia presentada ante la policía local.
En caso de robo o pérdida la validez del nuevo pasaporte será la misma que la del pasaporte extraviado.
Si su pasaporte caducó hace más de seis meses
Además de la documentación requerida en los apartados anteriores, deberá aportar Certificado Literal de Nacimiento del Registro Civil Español. Así como su "Green card" o , en su lugar, visado estadounidense o documentos que prueben su estatus migratorio en los EE.UU.
Legislación de expedición del pasaporte ordinario
Real Decreto 896/2003, de 11 de julio, por el que se regula la expedición del pasaporte ordinario y de determinan sus características (BOE núm. 166, de 12 de julio de 2003)