Documentos públicos en el extranjero
Los documentos públicos otorgados por los españoles en un país extranjero pueden ser autorizados por un notario, u otro fedatario extranjero o por el Cónsul español. No resulta imprescindible acudir al Consulado para obtener un documento que tenga validez en España. Ahora bien, éstos tendrán que ser legalizados en la forma en que se indica en apartado legalizaciones y en la mayoría de los casos, traducidos al castellano.
En cuanto al fondo del contrato, testamento u otro acto jurídico que el interesado desee otorgar, hay que tener presente que, para que tenga validez en España, debe ajustarse a lo dispuesto por la Legislación española, legislación que, por lo general, conocerá mejor el Cónsul que cualquier notario o abogado extranjero. Por ello el reglamento notarial prevé en su anejo III el ejercicio de funciones notariales para los cónsules.
Las funciones notariales de los cónsules
En aquellos países donde la ley local no lo prohíba, los cónsules y los funcionarios diplomáticos que ejerzan funciones consulares tienen a su cargo el ejercicio de la fe pública notarial. Sus competencias son las mismas que las de los notarios españoles y pueden autorizar toda clase de documentos públicos, practicar legalización de firmas, otorgar certificados de ley, verificar traducciones o expedir testimonios. Estas funciones están atribuidas a los cónsules de carrera. En el caso de Chicago serán exclusivamente atribuidas al Cónsul General.
Condiciones para solicitar un poder o escritura
Para acudir a la Notaría de este Consulado General es necesario solicitar una cita, para ello deberá enviarnos al fax 1 312 782 1635 o al correo electrónico
cog.chicago.rgc@maec.es, la información que más adelante se detalla, solicitando fecha y hora para la firma de la escritura pública ante el Cónsul en funciones notariales.
No obtendrá una cita hasta no haber enviado toda la documentación requerida y haber dado el visto bueno al borrador de texto que el Consulado le remita.
El día de la firma deberán presentarse en este Consulado provistos de pasaporte y/o DNI.
Envíe el formulario correspondiente con los datos que se solicitan (
Formulario solicitud escritura pública)