VisadosLos españoles que visiten Colombia con fines turísticos por tiempo inferior a 90 días no necesitan visado de entrada. Sí lo necesitarán, incluso por menos de 90 días de estancia, en caso de viaje de estudios, negocio. Y se exige visado de entrada por estancia superior a los tres meses. Se puede solicitar posteriormente, previo pago de tasas, prórroga de este periodo en
Migración Colombia. El visado correspondiente se deberá solicitar en el
Consulado de Colombia en España que corresponda.
VacunasNo se exige vacuna obligatoria para entrar en el país. Sin embargo, se recomienda estar vacunado contra la
fiebre amarilla si se pretende visitar zonas selváticas. La información al respecto puede encontrarse en la web del
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
AduanasLos viajeros que arriben a Colombia están sujetos a control aduanero y deben cumplimentar declaración de equipajes y divisas.
El organismo encargado en Colombia de dicho departamento es la DIAN (Departamento de Impuestos y Aduanas Nacionales) y en su web se puede consultar el
Reglamento aduanero en regimen de viajeros. Pero grosso modo, se permiten, además de los efectos personales y regalos, instrumentos financieros por contravalor de 10.000 Dólares USA por viajero, dos cartones de cigarrillos y 3 litros de alcohol.
Para la importación de alimentos, plantas y animales (mascotas) son necesarios los permisos sanitarios correspondientes. Los requisitos para la importación están descritos en el capítulo correspondiente del
Instituto Colombiano Agropecuario (ICA). Los procedimientos de importación de vehículos y mudanzas se pueden consultar en el siguiente enlace de la DIAN.
ResidenciaLos trámites y requisitos para solicitar la residencia en Colombia ante las autoridades de este país están descritas en el apartado “
Establecerse en Colombia ”.
Inscribirse en el Consulado General de EspañaTanto si se opta por residir en Colombia como si no, es muy recomendable la inscripción en el
Registro de Matrícula Consular de su demarcación, así como mantener los datos actualizados.
Apostilla y CompulsaAntes de salir de España es recomendable comprobar que los documentos españoles necesarios en Colombia están debidamente diligenciados con la “
Apostilla de La Haya” por la administración española competente.
En cambio, sí se podrán efectuar compulsas de fotocopias de documentos en este Consulado General.
Procesos electoralesToda la información necesaria para la participación en procesos electorales en España y Europa, así como en las Municipales colombianas, están disponibles en el apartado “
Procesos Electorales”.
Permisos de conducirEl ministerio colombiano responsable de la gestión del canje del permiso de conducir español es el
Ministerio de Tránsito y Transporte.
Doble NacionalidadLos vínculos de ciudadanos de ambos países han hecho conveniente la firma de un
Convenio de doble nacionalidad entre España y Colombia . Cabe hacer hincapié en este apartado en el hecho de que los ciudadanos con doble nacionalidad que se encuentren en uno de ambos países, a todos los efectos, serán considerados nacionales del país donde se encuentren.
Por último, se recomienda tener en cuenta los permisos paternos de salida de menores de edad con doble nacionalidad y de los extranjeros residentes en Colombia (
Migración Colombia).