Ciudadanos procedentes de países no pertenecientes a la Comunidad Europea, que deseen residir y trabajar en España por cuenta propia, deberán presentar la siguiente documentación, original y dos copias:
- Pasaporte o documento de viaje reconocido como válido en España y con vigencia mínima de 4 meses.
- Documentación acreditativa de su residencia en Burdeos (permiso de residencia permanente, permiso de trabajo, permiso de estudios, etc.).
- Una fotografía reciente, en color, con el fondo claro, liso y uniforme, tomada de frente y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que impida la identificación de la persona.
- Certificado médico expedido por su médico de cabecera formulado en los siguientes términos: "Este certificado médico acredita que el Sr. / Sra. […..] no padece ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005”. El certificado médico debe ser legalizado.
- Certificado negativo de antecedentes penales, expedido por las autoridades del país o países en los que haya residido durante los últimos 5 años, incluyendo Francia. Dicho documento se solicita en la Comisaría de Policía del lugar de residencia del interesado. Cuando se presenten documentos de otros países deben poseer la Apostilla de la Haya y ser traducidos al castellano por un traductor jurado.
- Impreso de solicitud de visado cumplimentado y firmado (
Español.pdf -
Français.pdf -
English.pdf).
Impreso EX-07 de solicitud de autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia.
Impreso 790 código 052 correspondiente a la tasa de residencia e
impreso 990 código 062 correspondiente a la tasa de permiso de trabajo (ambos disponibles en el Consulado).
- Documentación o titulación que acredite poseer la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.
- Acreditación de que se cuenta con inversión económica suficiente, o compromiso de apoyo por parte de instituciones financieras u otras.
- Proyecto de establecimiento o actividad a realizar, con indicación de la inversión prevista, su rentabilidad esperada y, en su caso, puestos de trabajo cuya creación se prevea.
- Relación de las autorizaciones o licencias que se exijan para la instalación, apertura o situación en la que se encuentre los trámites para su consecución, incluyendo, en su caso, las certificaciones de solicitud ante los organismos correspondientes.
Las
tasas consulares por el visado son de 60,00€, y
tendrán que ser abonadas en efectivo o por cheque a nombre
del Consulado de España en Burdeos, en el momento de la
solicitud. Habrá que añadir otros 199,82€
en el
caso de que se solicite la Autorización inicial de trabajo por cuenta propia y 10,72€
por la Autorización inicial de residencia temporal. También existen costes
adicionales para ciudadanos de EE.UU. y de Canadá.
Los solicitantes deberán presentarse PERSONALMENTE en el Consulado General de España en Burdeos previa solicitud de cita.
Para solicitar cita previa, pinche en el siguiente enlace cuando tenga en su poder toda la documentación requerida: