Solicitud de tarjeta de residencia por reagrupación familiar en régimen comunitario para nacionalidades que no necesitan visado.
Todas las personas nacionales de países no pertenecientes a la Unión Europea, casados con ciudadanos comunitarios residentes en España o que trasladen su residencia definitivamente a España y
que no necesiten visado para entrar en España, deberán solicitar directamente ante la Autoridad de Extranjería competente, en España, una tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.
La entrada en España deberá efectuarse con un pasaporte válido como mínimo por seis meses y el permiso de residencia belga todavía válido.
Para información detallada sobre el procedimiento de solicitud de una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, rogamos consulte la siguiente página Web: http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/CiudadanosComunitarios/hoja103/index.html
Para una más amplia información o para cualquier aclaración, póngase en contacto con el Servicio de Visados de este Consulado General (
cog.burdeos@maec.es).