Visados de corta duración (Schengen). Estos visados habilitan para el tránsito o para una estancia en el territorio de España y en el del resto de los Estados Schengen cuya duración no sea superior a tres meses (90 días) en un periodo de seis (180 días) desde la primera fecha de entrada en el Espacio Schengen. Listado de países cuyos nacionales están sometidos a la obligación de contar con este visado para el cruce de las fronteras exteriores.