En el supuesto de que la entrada en España se realice para:
- Residir sin ejercer actividades lucrativas
- Trabajo por cuenta ajena
- Trabajo por cuenta propia (excepto en el supuesto de que pretendan ejercer profesiones liberales para las que se exige además reciprocidad).
Los ciudadanos andorranos que deseen desarrollar una actividad lucrativa en España deberán solicitar el correspondiente permiso en las oficinas de extranjeros del lugar donde vayan a realizar la actividad.