Personas físicas
Podrán obtener un NIF gratuitamente en este Consulado:
- Los españoles residentes en los Países Bajos que carezcan de DNI.
- Los extranjeros residentes en los Países Bajos que carezcan de NIE.
El NIF de tipo L (para españoles) o M (para extranjeros) será válido en tanto el titular no obtenga un DNI o un NIE. Si fuera así, deberá comunicarlo a la Agencia Tributaria en el plazo de dos meses desde su asignación por la Dirección General de la Policía del Ministerio del Interior.
Para solicitar un NIF en este Consulado, deberá acudir personalmente a nuestras oficinas, aportando la siguiente documentación:
- Pasaporte original en vigor y copia del mismo (en USB). Alternativamente, Documento de Identidad original en vigor equivalente al DNI, y copia (en USB).
- Certificado internacional de inscripción en el Ayuntamiento correspondiente (Internationale Uittreksel uit Bevolkingsregister), expedido con un máximo de tres meses de antelación a la fecha de la solicitud. Para las personas de nacionalidad española, certificado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular.
La solicitud podrá presentarse por medio de representante, en cuyo caso, además de la anterior, el representante deberá aportar documentación acreditativa de su identidad y de la representación con la que actúe.
Personas jurídicas
Podrán obtener gratuitamente un NIF en este Consulado las entidades residentes en los Países Bajos. Será necesario que la persona que solicite el NIF en representación de la entidad tenga asignado, a su vez, un NIF como persona física (ver apartado anterior) o un Número de Identificación de Extranjero (NIE).
Para solicitar un NIF en este Consulado, el representante de la entidad deberá acudir personalmente a nuestras oficinas, aportando la siguiente documentación:
- Extracto de la Cámara de Comercio con los datos de la entidad (Uittreksel van Kamer van Koophandel), traducido al español o al inglés y apostillado, tanto el extracto original como la traducción. (Vea información sobre traductores jurados, y también información sobre la Apostilla). Si el solicitante no es representante legal de la empresa, también documento que justifique la representación, igualmente traducido al español y apostillado, tanto el documento como la traducción.
- Tarjeta o documento acreditativo del NIF del representante de la entidad.
- Documento que acredite que la persona que firma la solicitud del NIF de la entidad tiene poder suficiente para ello. Si se trata de un representante legal y consta en el Extracto mencionado en el primer punto, bastará con éste.
Esta documentación deberá aportarse en formato electrónico, bien con carácter previo remitiéndola por correo electrónico, o bien en el mismo momento en un soporte USB.